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El objetivo principal es constituir el Consejo Superior de Fundaciones para mejorar el asesoramiento y la representación del sector fundacional. Se justifica su creación por la necesidad de atención a los retos que enfrenta este sector en el contexto actual.
La disposición introduce cambios significativos al modificar la estructura y composición del Consejo Superior de Fundaciones, permitiendo una representación más equitativa y actualizada en comparación con las normativas anteriores y estándares internacionales.
Los puntos clave incluyen la creación del Consejo Superior de Fundaciones, funciones de asesoramiento, y procedimientos de designación de vocalías. La norma impone obligaciones de inscripción y presentación de cuentas anuales para las fundaciones.
Los beneficiarios son las fundaciones y la sociedad en general, que se beneficiará de una mayor coordinación y atención a necesidades sociales. El impacto económico se prevé positivo, al canalizar recursos hacia el bien común.
El incumplimiento de la disposición puede llevar a ineficacia en la representación del sector fundacional. La aplicación de la norma debe ser objetiva y alineada con las necesidades actuales del sector.
Futuros desarrollos podrían incluir reformas adicionales para fortalecer el Consejo, así como adaptaciones a las necesidades cambiantes del sector fundacional, impulsando su interlocución y coordinación con administraciones públicas.
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